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EDITORIAL | Presos que salen y vuelven a delinquir: ¿existe una verdadera política de reinserción?

Este fin de semana se dio a conocer el caso de un joven de 31 años que salió de la cárcel tras cumplir su condena. Al hombre se le otorgó la libertar después de permanecer encerrado durante dos años pero, a las pocas horas, volvió a cometer un ilícito en la localidad de Villa Elvira, hecho que lo puso de nuevo tras las rejas.

Este es sólo un ejemplo de los tantos casos que ocurren a diario en el territorio bonaerense y deja a las claras que existe una necesidad de acompañamiento de las personas que cumplen penas de prisión en el proceso de reinserción penitenciaria.

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Actualmente, se llevan acabo todo tipo de cursos para internos en todas las unidades del SPB. Ellos son: carpintería, talabartería, jardín, marroquinería, panadería, peluquería, etc.

Si bien las capacitaciones educativas y con salida laboral no son obligatorias, se busca más la motivación y voluntad de cambio de las personas en contexto de encierro para -una vez afuera- salir con herramientas que le permitan llevar adelante una vida digna.

La construcción moderna de la función correspondiente a la cárcel y el sistema carcelario es la de custodiar y rehabilitar a la persona que ha cometido un delito. Como lo muestra el artículo 18 de la Constitución Argentina, se la niega como espacio de castigo, y cobra importancia la misión re-socializadora.

Cuando entran al sistema penitenciario, las personas tienen múltiples opciones con las cuales capacitarse, pero la realidad ahí adentro es otra: hacinamiento, mala alimentación, torturas físicas y psicológicas, patologías de índole depresiva y profundas adicciones y, lo más cruel, miles de historias de vida que generan un ambiente hostil.

Es cierto que existen los internos que buscan capacitarse y lo hacen voluntariamente para cuando se recupera la libertad, llevarlo a la práctica. En casi la mayoría de los casos cuentan con una familia constituida y una pareja que los esperan afuera y los ayudan a salir adelante.

Después existe la otra cara: los jóvenes (menores, incluso) que entraron en un sistema judicial desde muy temprana edad. Esos chicos roban, van presos, salen y vuelven a delinquir. No todos cuentan con la suerte de tener una familia detrás que los contengan, y a la salida los espera un contexto fatal.

Pero mientras él tuvo su primera estadía, dentro del SPB no hubo nadie que trabaje con su familia afuera. En ese caso, no hay reinserción. Pero es cierto que no es culpa de un sólo organismo, sino que se trata de un trabajo en conjunto con todos los sistemas del Estado. Algo que falla cotidianamente.

En Argentina, existe la Ley de Educación Nacional, sancionada en diciembre de 2006, que expresa en el artículo 55 que: “La Educación en Contextos de Privación de Libertad es la modalidad del sistema educativo destinada a garantizar el derecho a la educación de todas las personas privadas de libertad, para promover su formación integral y desarrollo pleno”.

En tanto, el articulo 56 establece una serie de fundamentos que, en caso de cumplirse, podríamos contar un con sistema penitenciario eficiente y con un futuro mejor para las personas que alguna vez ingresaron a una cárcel:

-Garantizar el cumplimiento de la escolaridad obligatoria a todas las personas privadas de libertad dentro de las instituciones de encierro o fuera de ellas cuando las condiciones de detención lo permitieran.

-Ofrecer formación técnico profesional, en todos los niveles y modalidades, a las personas privadas de libertad.

-Favorecer el acceso y permanencia en la Educación Superior y un sistema gratuito de educación a distancia.

-Asegurar alternativas de educación no formal y apoyar las iniciativas educativas que formulen las personas privadas de libertad.

-Desarrollar propuestas destinadas a estimular la creación artística y la participación en diferentes manifestaciones culturales, así como en actividades de educación física y deportiva.

-Brindar información permanente sobre las ofertas educativas y culturales existentes.

-Contribuir a la inclusión social de las personas privadas de libertad a través del acceso al sistema educativo y a la vida cultural.

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